viernes, 26 de octubre de 2018

CIBERCRIMEN


1.     EL CASO RANSOMEWARE. ¿EN QUÉ CONSISTE ESTE TIPO DE ATAQUE COMBINADO? ¿SOLO HACKEO? ¿SOLO CRACKEO? ¿QUÉ BIEN O BIENES JURÍDICOS DE TUTELA PENAL SE HAN INFRACCIONADO? EXPLIQUE BREVEMENTE.
Un ransomware es un tipo de virus que impide o limita el acceso del usuario a su propio sistema informático. Este tipo de virus cifran y bloquean los archivos de sus víctimas a las que se solicita un rescate  -habitualmente en bitcoins, la moneda virtual- a cambio de recuperarlos, es uno de los tipos de malware más peligrosos en la actualidad.
Este tipo de código es especialmente perjudicial para quienes se ven afectados por él porque quien nos infecta pide un rescate para poder volver a acceder a la información afectada. De repente nos encontramos con que nuestro servicio, nuestra página web o nuestro ordenador están absolutamente bloqueados, y solo el cibercriminal responsable del ataque puede liberarnos... previo pago de una suma de dinero.
Como explicaban los expertos de Sophos, en el caso de Cryptowall -que es análogo a otros sistemas de este tipo- se instalan pequeños ficheros en diversas carpetas clave de nuestro sistema -el directorio de datos de aplicaciones, el de inicio e incluso algún directorio con un nombre aleatorio- que simplemente se conectan a un servidor remoto controlado por el cibercriminal.


2.     DE HABER OCURRIDO EL ATAQUE A UNA EMPRESA PERUANA DE LA QUE UD. ES EL JEFE DEL DEPARTAMENTO INFORMÁTICO. ¿QUÉ MEDIDAS LEGALES TENEMOS PARA CONTRARRESTAR SUS EFECTOS?
Según la clasificación de Clasificación según el “Convenio sobre la Ciberdelincuencia” de 1 de Noviembre de 2001 sostiene que se encuentra en la clasificación de DELITOS INFORMATICOS, ahora guiándonos de una norma legal, nos encontramos con :
Contra datos y sistemas informáticos: Acceso ilícito, atentado a la integridad de datos informáticos, y atentado a la integridad de sistemas informáticos. Reprimida con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

3.     ¿EL PERÚ SUSCRIBIÓ LA CONVENCION INTERNACIONAL DE BUDAPEST SOBRE CIBER CRIMEN? ¿QUÉ VENTAJAS TIENE EL SER MIEMBRO DE ESTE ENTE SUPRANACIONAL?
Con la llegada de Internet, las grandes redes de telecomunicaciones y la información digital, las fronteras entre naciones se han difuminado. Así como consumimos servicios alojados en otros países, guardamos nuestra información en “la nube” o enviamos información que viaja a través de redes internacionales, cuando se trata de un delito informático (o incluso evidencia digital) la investigación generalmente trasciende el territorio de una nación. Esto resulta un tanto complejo a nivel legislativo, especialmente si las leyes de los países involucrados no están alineadas.
Nuestro País no se suscribió a esta convención pero según el Ministerio de Relaciones Exteriores publicó un comunicado y afirmó que la integración a dicho acuerdo nos colocará como pionero en Latinoamérica en la lucha contra este tipo de delitos.
Con el Convenio de Budapest nuestras autoridades contarán con mejores herramientas para conseguir información esencial para la investigación de un delito cometido por medios informáticos, lo cual ayudará a disminuir la impunidad.
Es importante destacar que, al formar parte de este importante Convenio, no solo se obtiene acceso a un instrumento moderno para la investigación de delitos electrónicos, sino que también se podrá compartir conocimiento con más de 55 países que están también teniendo las mismas luchas.  Una vez que nuestro país sea parte, se convertirá en un país prioritario para la ayuda por parte del Consejo de Europa en temas sobre ciberdelincuencia y beneficiarse de fondos como los del proyecto GLACY+ (Global Action on Cybercrime).

DIAPOSITIVAS 


                     


MAPA


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