martes, 27 de noviembre de 2018

TELETRABAJO


a)                     TELETRABAJO EN EL MUNDO


El Teletrabajo es una herramienta para poder salir adelante sin necesidad de estar ligados a un solo lugar. Esta modalidad permite que las empresas se reinventen y no se queden atrás en los nuevos modelos tecnológicos y de cambio organizacional.

Según un portal web lo define como: El teletrabajo se entiende como una modalidad laboral a distancia. La Organización Internacional de Trabajo -OIT- define teletrabajo como:
"Una forma de trabajo en la cual: a) el mismo se realiza en una ubicación alejada de una oficina central o instalaciones de producción, separando así al trabajador del contacto personal con colegas de trabajo que estén en esa oficina y, b) la nueva tecnología hace posible esta separación facilitando la comunicación"[1].

Sanguineti aclara que: ‘‘Se caracteriza por añadir a los elementos que resultan indispensables para poder hablar de la existencia de una prestación laboral a distancia del tipo descrito –es decir, la alteración del lugar habitual de su desenvolvimiento y la utilización de medios informáticos y telemáticos para su puesta en práctica– la necesidad de la misma sea desarrollada por una persona física, en virtud del establecimiento de una relación jurídica directa entre ella y quien se beneficia de su actividad’’[2].

Si hacemos una legislación comparada, es pues, el resultado siguiente:

Colombia: Si en Colombia el teletrabajo camina a buen paso, desde que se lanzó esta política laboral en 2012, en otros países gana terreno por sus múltiples ventajas. Estos son algunos de los ejemplos en lo que va corrido de 2015:
Argentina: la compañía Cisco y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, iniciaron programas piloto con el objetivo de promover el teletrabajo como nueva forma de organización laboral.
Noruega: se está impulsando esta modalidad para disminuir los efectos del frío y evitar accidentes de tránsito en la nieve.
Italia: el teletrabajo ha permitido revertir la caída de la tasa de natalidad, ya que permite a las mujeres recién convertidas en madres laborar desde sus casas.
Francia: el Parlamento propuso un paquete de medidas que incluye deducciones fiscales y la creación de centros públicos, en donde los vecinos puedan desarrollar actividades laborales.
Estados Unidos: la política es tan fuerte que las nuevas generaciones los sumen como normal. Los jóvenes piensan en el teletrabajo como su mejor opción, según lo arrojado por una investigación de Directions Research Inc., solicitada por Adobe Systems.

b)                      TELETRABAJO EN EL SECTOR PRIVADO PERUANO.

Según la Revista PUCP Derecho y sociedad, nos dan un concepto el cual es el siguiente: ‘‘El teletrabajo, como hemos visto, ha sido una forma de organización del trabajo que data desde la década de los setenta, siendo Estados Unidos y Europa, los pioneros en implementarlo. Nuestro país no se ha encontrado ajeno a la revolución de las tecnologías y a la necesidad de regular esta nueva forma de prestación de servicios, presentándose así la necesidad de una regulación interna adecuada que asegurase las condiciones mínimas de protección para los trabajadores bajo su ámbito’’[3].

Si bien en nuestro país no se reguló esta modalidad sino hasta el año 2013, se tiene conocimiento de empresas que con anterioridad a la promulgación de la norma ya venían implementando esta modalidad de trabajo, en sus respectivas organizaciones, así tenemos a empresas como IBM, Laboratorios Roche, Repsol, entre otras.39 Estas empresas tienen en común ser empresas trasnacionales con oficinas en el Perú, por lo cual probablemente la aplicación de la modalidad del teletrabajo se deba a su experiencia de implementación en otros países. En el Perú, es en mayo de 2013 cuando se promulga la Ley Nº 30036, ley que regula el teletrabajo, en base a los Proyectos de Ley Nº 184/2011 y 1052/2011 del año 201140. En la discusión de los proyectos, se resaltaron las ventajas y oportunidades de esta forma de organización de trabajo, que por sus características de flexibilidad en comparación con el trabajo tradicional, como la oportunidad de realizar la prestación de servicios desde cualquier lugar, la autonomía en la organización de las labores, la prescindencia de una jornada laboral y la posibilidad de inclusión de grupos de personas antes excluidas del mercado laboral, se vio como una oportunidad y como una herramienta positiva de generación de empleo.

-       LA LEY DEL TELETRABAJO EN NUESTRO PAÍS[4]

La Ley del Teletrabajo – Ley Nº 30036 se promulgó en nuestro país el 05 de junio del 2013, norma que establece los lineamientos generales de esta forma especial de prestación de servicios, siendo reglamentado el 03 noviembre 2015 mediante Decreto Supremo Nº 017-2015-TR, regulación que era esperada y necesaria para la implementación de esta modalidad de trabajo en las organizaciones. En el presente artículo, nos preocuparemos por revisar y comentar sus principales lineamientos, y si se encuentra acorde con la protección laboral y constitucional con la que esta modalidad mínimamente debería contar.
El objeto de la norma, de acuerdo a nuestro ordenamiento interno, es regular una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por el uso de las TIC, tanto en las instituciones públicas como privadas, así como promover políticas públicas para incentivar su desarrollo. Su ámbito de aplicación se circunscribe a los trabajadores del sector público y privado que presten servicios bajo esta modalidad, así como a sus empleadores.

c)                       TELETRABAJO EN EL SECTOR PÚBLICO.

Según Fabiola Caballero Sifuentes:  ‘‘Dotar al Estado de un conjunto de instrumentos técnicos normativos que promuevan el Teletrabajo como modelo y estrategia de empleabilidad en condiciones justas, dignas que no genere mayor precariedad en las condiciones laborales, antes bien una satisfacción para el teletrabajador como para el Estado o los empresarios que busca el primero su rentabilidad social, relación beneficio/costo e impactos y el segundo su rentabilidad económica’’[5].

Contamos con un público objetivo potencial al que habría que considerar en la telecapacitación y serían los que reúnen los siguientes requisitos[6]:

 · Jóvenes mujeres y hombres que vivan en zonas rurales que hayan recibido las capacitaciones en el Programa FITEL o en las escuelas secundarias, centros tecnológicos y universidades que manejen los programas básicos de computación y uso del Internet
· Jóvenes proactivos y con apertura al cambio que deseen ser telecapacitados y que vivan en las zonas rurales, previamente serían evaluados mediante las exigencias de los perfiles requeridos para los productos y entregables específicos de lo que demanda el Estado y de otro lado, el perfil psicológico adecuado para garantizar el desempeño exitoso y el aumento de la calidad de vida del teletrabajador
· Instancia dentro del Estado que promueva las mejores condiciones para los jóvenes rurales para el mercado laboral en función de las demandas del mercado y potencialidades, que podría ser el Ministerio de Trabajo al que hay que brindar el asesoramiento y acompañamiento para incorporar el Teletrabajo dentro de los módulos de capacitación para la inserción laboral ya sea para que se incorporen a estos jóvenes al Estado o a la actividad privada.
· Para ello los nuevos enfoques que deberán ser sensibilizados por el Estado y la Empresa Privada son: nuevo gerenciamiento bajo enfoque por resultados, valoración al recurso humano.

En noviembre del año 2016, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo firmó un pacto nacional con los gobiernos regionales, gremios empresariales, empresas y la sociedad civil. Los compromisos que se asumieron fueron los siguientes[7]:
-       Sector público: desarrollar actividades de promoción y difusión de políticas, programas y estrategias relacionadas con el fomento del teletrabajo.
-       Gobiernos regionales: la implementación progresiva de servicios de información y orientación sobre teletrabajo en los Centro de Empleo del MTPE, y la suscripción de pactos regionales.
-       Gremios empresariales: impulsarán una red de empresas para imple-mentar el teletrabajo; las universidades, centros de investigación, organismos internacionales y sociedad civil desarrollarán estudios sobre los beneficios y el impacto de esta modalidad en el Perú.


A modo de conclusión, puedo decir que el Teletrabajo es una práctica laboral que beneficia a las personas equilibrando sus tareas profesionales y personales, responde a un llamado de la sociedad por generar cambios aprovechando al máximo el uso de las nuevas tecnologías







WEBGRAFÍA



[3] Angela Culqui Fernandez & Adela González Torres. El Teletrabajo: Una Innovadora Forma de Organización del Trabajo, una Herramienta de Inclusión Laboral y su Regulación Jurídica en el Perú. Revista PUCP. Consultado en: http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/viewFile/18823/19043. Pg. 101.
[4] Ibidem pg. 102.
[5] Caballero Sifuentes, Fabiola. “Implementación del teletrabajo en el Sector Público en el Perú con enfoque de juventudes y género” CONSULTADO en línea: http://twsolutions.com.pe/pdf/academicpapers/Implementaci%C3%B3n%20de%20teletrabajo%20en%20sector%20p%C3%BAblico%20con%20enfoque%20de%20juventudes%20y%20g%C3%A9nero%20-%20FABIOLA%20CABALLERO%20(PERU).pdf pg. 8
[6] Idem
[7] VALENCIA CATUNTA, Ana Maria Cecilia. Aspectos regulatorios del teletrabajo en el Perú: análisis y perspectivas. Rev. IUS, Puebla, v. 12, n. 41, p. 203-226, jun.  2018.   Disponible en <http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S187021472018000100203&lng=es&nrm=iso>. accedido en 27 nov.  2018.


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